
El control estaba instalado en Ruta 1, a la altura de la empresa Lactear (al sur de Morteros). Se trata de una zona incluida en el ejido municipal, jurisdicción esta que se extiende hasta el final del Parque Industrial.
En concreto, en ese sector confluyen lógicamente ejido municipal y ruta provincial y, en ese punto, se inicia el debate: desde lo municipal, el motociclista puede circular normalmente, sin embargo, Policía Caminera aplica su potestad sobre la arteria provincial y labra la multa por circular en Ruta 1 con un carnet habilitado solo para ejido municipal.

¿Pese a su potestad sobre el sector, puede Caminera, en este caso, multar al motociclista, quien en realidad tiene carnet municipal habilitante para circular por ahí?
Consultado el especialista en tránsito Horacio Bota Bernaus sobre la situación, éste apuntó: “si está en el ejido municipal, estaría dentro de las previsiones de esa licencia de conducir y no tendrían que haberle hecho la multa; es una zona en donde predomina la jurisdicción del Municipio, aunque la Provincia pueda tener facultades concurrentes de control”.

Desde Inspectoría aclararon que, en ese sector, solo prestan colaboración, ya que el control está a cargo de Policía Caminera.
En contacto con AM 1530, el motociclista reconoció no obstante que ese día le labraron dos actas: una relacionada al carnet y una segunda por no tener luces en condiciones.

