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El calor del verano y la frecuencia de las lluvias conforman un combo perfecto para que el pasto crezca aceleradamente. La ciudad, territorialmente grande ya, contiene numerosos lotes en esa condición.
Actualmente, el Municipio recibe quejas de vecinos cuyas casas colindan con lotes de privados que tienen el pasto muy alto y, en tal sentido, los desmaleza.
Cabe recordar que hace dos años, los ediles morterenses promulgaron una ordenanza, la 3.119, que también en la actualidad se está poniendo en práctica: al no hacerlo el dueño del lote, el Municipio desmalezará el lote, pero después le cobrará un monto al propietario.

Los artículos más importantes de la ordenanza

Artículo 1: es “obligatorio dentro del ejido urbano el mantenimiento de los inmuebles o terrenos baldíos limpios y libres de malezas, basuras, residuos y todo tipo de elementos que signifiquen un riesgo para la salud pública”, así como “prohibirse la introducción en ellos de materiales, instalaciones u otros objetos que afecten la estética del lugar o constituyen un foco infeccioso”.

Artículo 2: son “responsables solidarios del cumplimiento de esta Ordenanza los propietarios de los terrenos y los que por cualquier causa lo detenten, exploten o lo tengan a cuidado, siendo facultad del Ejecutivo dirigir las actuaciones pertinentes contra uno o varios responsables, conjunta o sucesivamente, de acuerdo a las circunstancias del caso”.

Artículo 3: comprobada la infracción “se intimará al responsable a la ejecución de los trabajos o remociones que correspondan dentro de un plazo no superior a los cinco (5) días, teniendo en cuenta el riesgo sanitario existente”.

Artículo 4: cumplido el plazo establecido en el Art. 3º y “no habiéndose realizado las tareas por parte del propietario o poseedor, la Municipalidad ejecutará los trabajos o remisiones que correspondan a través de terceros contratados a tal fin con cargo al propietario”.
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