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El índice de peligrosidad para incendios forestales es EXTREMO. Recordemos la prohibición de iniciar fuego en toda la provincia de Córdoba.
La legislación penal y contravencional prevé severas penas para aquel que provoque fuego o incendios
Las multas de hasta cincuenta Unidades de Multa (50 UM) o arresto de hasta cincuenta (50) días los que sin causar incendios prendieren fuego en predios urbanos o rurales, en los caminos y en zonas de esparcimiento.
La sanción será de hasta ciento veinte (120) días de arresto, no redimible por multa, cuando el fuego se prendiere durante los períodos en que el Poder Ejecutivo Provincial haya declarado la emergencia ambiental por riesgo de incendio.
Además de actuar bomberos de la provincia , el gobierno de Córdoba presentó el ETAC, Equipo Técnico de Acción ante Catástrofes, que realiza patrullaje preventivo en las zonas del Valle de Paravachasca, Valle de Punilla, Sierras Chicas y Calamuchita